2 octubre 2009

Alerta

Presidente de concejo municipal arremete contra periodista


Detalles del incidente

Acoso

William Vianney Solano, Periodista
(FLIP/IFEX) - Jorge Hernán Tigreros, presidente del Concejo municipal de Buga, Valle del Cauca, al occidente del país, insultó y expulsó del recinto del cabildo a William Vianney Solano, periodista del programa de televisión "Aló Buga" en el canal local Buga TV.

Los hechos tuvieron lugar el 10 de septiembre de 2009 cuando Tigreros realizaba su intervención ante el cabildo. Según informó Solano a la FLIP, el concejal manifestó que comunicadores como Solano "son periodistas extorsionistas, extorsionan al alcalde, a los concejales, no voy a permitir que esto suceda en Buga". Así mismo, calificó al periodista de "irrespetuoso y malintencionado". Posteriormente, pidió que el comunicador fuera retirado del lugar.

En diálogo con la FLIP, Solano manifestó que la reacción del presidente del Concejo está relacionada con una serie de denuncias que el comunicador hizo en su programa acerca de malos manejos administrativos en el cabildo.

Fuentes de la zona manifestaron que son varios los concejales de Buga que se encuentran inconformes con Solano debido a sus denuncias. La FLIP trató de comunicarse con el concejal Tigreros, pero no fue posible contactarlo.

La FLIP manifiesta su preocupación por las declaraciones del presidente del Concejo, en tanto que las descalificaciones públicas contra los comunicadores pueden convertirse en un obstáculo para que éstos ejerzan libremente el derecho fundamental de la libertad de expresión.

Como lo ha señalado la Corte Constitucional, en su condición de garante de los derechos fundamentales, los funcionarios públicos deben "abstenerse de emitir cualquier declaración o afirmación que lesione o ponga en riesgo tal categoría de derechos. Esta obligación adquiere mayor relevancia tratándose de sujetos de especial protección constitucional" (sentencia T-1191 de 2004). El propio Estado ha reconocido la situación de vulnerabilidad de los periodistas en Colombia, consagrado además en el artículo 73 de la Constitución Política, con el desarrollo permanente de políticas de protección para comunicadores en riesgo.

Fuente:

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