12 noviembre 2007

Alerta

Consejo electoral interfiere con transmisión de publicidad sobre reforma constitucional


Detalles del incidente

estación(ones) de televisión

acción legal

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(IPYS/IFEX) - El 18 de octubre de 2007, el Consejo Nacional Electoral (CNE) abrió un procedimiento administrativo contra la televisora Globovisión por transmitir doce spots que, según el Consejo, hacían publicidad electoral anticipada sobre la reforma constitucional, antes de la decisión del CNE del 24 de octubre que reglamentó la periodicidad con que los medios deberían de transmitir la propaganda sobre dicha reforma. Las sanciones por esa falta contemplan prisión y multas de hasta US$15.000. El ente electoral aún no ha tomado una decisión sobre el caso.

Según la abogada de Globovisión, Ana Núñez, el CNE no respetó el plazo de diez días hábiles para que el canal (crítico al gobierno) presentara sus alegatos y así determinar si hubo o no infracción. Afirmó que no hicieron publicidad anticipada.

El CNE amparó su decisión en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, que indica que la emisión de campañas electorales debe de acogerse a las normas de propaganda y periodicidad de transmisión designadas por el organismo, que fueron recién aprobadas el 24 de octubre último.

Los spots pertenecen a la organización civil "Ciudadanía Activa", y citan un discurso del libertador Simón Bolívar respecto al peligro que significa que un gobernante se perpetúe en el poder. Para el CNE, éstos promueven el rechazo a la reforma constitucional, que será sometida a referéndum el 2 de diciembre próximo, y que ha provocado polémica en el país por la propuesta de reelección presidencial indefinida, entre otros temas. Sin embargo, según "Ciudadanía Activa", un representante del CNE le afirmó que los spots no publicitaron la reforma y que podían seguir difundiéndose.

En octubre también, el CNE prohibió al canal estatal Venezolana de Televisión difundir dos spots a favor de la reforma constitucional, del Ministerio de Información y Comunicación, pero sin iniciarle proceso administrativo.

IPYS considera que el proceso contra Globovisión vulnera el derecho del canal a presentar sus alegatos en los plazos legales.



Fuente:

Instituto Prensa y Sociedad
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Barranco, Lima
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